{
  "id": "ciudad-de-buenos-aires/ley-154",
  "url": "https://matrizlegal.org/ciudad-de-buenos-aires/ley-154",
  "tipo": "ley",
  "numero": "154",
  "anio": 1999,
  "nombre": "Ley 154",
  "otros_nombres": [
    "Ley 154/99",
    "Ley 154/1999",
    "Ley L-154"
  ],
  "jurisdiccion": "Ciudad de Buenos Aires",
  "jurisdiccion_clave": "ciudad-de-buenos-aires",
  "municipio": null,
  "municipio_clave": null,
  "organismo": "Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires",
  "tema": "Gestión de residuos patogénicos en la Ciudad de Buenos Aires",
  "materia": "ambiente",
  "categorias": [
    "Residuos patogénicos",
    "Protección del ambiente"
  ],
  "categorias_claves": [
    "residuos-patogenicos",
    "proteccion-del-ambiente"
  ],
  "palabras_clave": [
    "manifiesto",
    "certificado de aptitud ambiental",
    "local de acopio",
    "incineración",
    "generadores",
    "transportistas",
    "operadores",
    "bioseguridad",
    "declaración jurada",
    "acopio"
  ],
  "vigente": true,
  "derogada_por": null,
  "cita_de_derogacion": null,
  "resumen": "La Ley 154 de la Ciudad de Buenos Aires regula la generación, el manejo, el transporte, el tratamiento y la disposición final de los residuos patogénicos de la atención de la salud humana y animal. Alcanza a generadores, transportistas y operadores, que deben inscribirse en un Registro y obtener un Certificado de Aptitud Ambiental. También alcanza a fabricantes e importadores de equipos de tratamiento.",
  "alcanza_a": "A los generadores, transportistas y operadores de residuos patogénicos en la Ciudad de Buenos Aires, y a los fabricantes e importadores de equipos de tratamiento.",
  "actividades": [
    "salud"
  ],
  "condiciones": [],
  "obligaciones": [
    {
      "texto": "Está prohibido tirar residuos patogénicos sin tratarlos antes, y hay que tratarlos de modo que dejen de ser patogénicos.",
      "articulo": "5",
      "cita": "Queda prohibida la disposición de residuos patogénicos sin tratamiento previo. Los residuos definidos en el artículo 2º deben ser tratados de forma tal que garantice la eliminación de su condición patogénica.",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "condicion"
      }
    },
    {
      "texto": "Toda gestión de residuos patogénicos tiene que hacerse con procedimientos adecuados que no pongan en riesgo la salud, aseguren condiciones de bioseguridad y reduzcan la cantidad, los peligros y el impacto ambiental.",
      "articulo": "6",
      "cita": "Toda gestión de residuos patogénicos debe realizarse con procedimientos idóneos que no importen un riesgo para la salud y que aseguren condiciones de bioseguridad, propendiendo a reducir la generación y circulación de los mismos desde el punto de vista de la cantidad y de los peligros potenciales, garantizando asimismo la menor incidencia de impacto ambiental.",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "condicion"
      }
    },
    {
      "texto": "Los generadores, transportistas y operadores deben dar a su personal capacitación, exámenes médicos, inmunizaciones, equipo de protección personal e instrucciones de seguridad operativa.",
      "articulo": "7",
      "cita": "Los Generadores, Transportistas y Operadores de Residuos Patogénicos, deben proporcionar a su personal, a los efectos de minimizar los riesgos de las tareas, lo siguiente: a. Cursos de capacitación sobre riesgos y precauciones necesarias para el manejo y transporte de residuos patogénicos. b. Exámenes preocupacionales y médicos periódicos. c. Inmunizaciones obligatorias y aquellas que por vía reglamentaria se dispongan. d. Equipo para protección personal, que será provisto de acuerdo a las tareas que desempeñen. e. Instrucciones de Seguridad Operativa del Manual de Gestión.",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "condicion"
      }
    },
    {
      "texto": "Para inscribirse en el Registro, los generadores, transportistas y operadores deben presentar una Declaración Jurada con los datos que la ley indica.",
      "articulo": "13",
      "cita": "Para su inscripción en el Registro de Generadores, Transportistas y Operadores de Residuos Patogénicos, los sujetos de la presente Ley, sin perjuicio de lo que pudiera corresponder en virtud del régimen de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) y de la información adicional que oportunamente establezca la reglamentación, deben acreditar mediante Declaración Jurada la información que a continuación se indica:",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "documento",
        "evidencia": "Declaración Jurada"
      }
    },
    {
      "texto": "Los generadores, transportistas y operadores deben inscribirse en el Registro para obtener el Certificado de Aptitud Ambiental, que vale como máximo 2 años y hay que renovarlo al vencer.",
      "articulo": "14",
      "cita": "Los generadores, transportistas y operadores de residuos patogénicos, para poder desarrollar sus actividades, deben inscribirse en el Registro citado a los efectos de la obtención del Certificado de Aptitud Ambiental pertinente. El mismo tendrá una validez máxima de dos (2) años, debiendo ser renovado a su vencimiento y la autoridad de aplicación determinará las categorías de los sujetos enunciados en la presente ley.",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "habilitacion",
        "evidencia": "Certificado de Aptitud Ambiental",
        "cuando": "validez máxima de dos (2) años",
        "plazo": {
          "tipo": "vigencia"
        }
      }
    },
    {
      "texto": "Los generadores, transportistas y operadores inscriptos deben mantener al día los datos de la Declaración Jurada y avisar los cambios que haya durante la vigencia del certificado en un plazo máximo de 30 días.",
      "articulo": "16",
      "cita": "Los datos incluidos en la Declaración Jurada deben ser actualizados en el plazo de renovación del Certificado Ambiental. En el caso que, durante el plazo de vigencia del certificado, existieran modificaciones en los requisitos establecidos en el artículo 13º, las mismas deberán notificarse en un plazo no mayor de treinta (30) días de producirse.",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "documento",
        "evidencia": "Declaración Jurada"
      }
    },
    {
      "texto": "Una empresa que no fue admitida en el Registro o que fue inhabilitada, y sus integrantes, no pueden hacer actividades reguladas por esta ley durante 5 años, ni solos ni en otras sociedades; quedan exceptuados los accionistas de sociedades anónimas y los asociados de cooperativas que no actuaron en las funciones del artículo 18 cuando se cometió la infracción.",
      "articulo": "19",
      "cita": "Si una persona jurídica no hubiera sido admitida en el Registro o admitida, haya sido inhabilitada, ni ésta, ni sus integrantes podrán desarrollar, a título individual, ni formando parte de otras sociedades, actividades reguladas por esta ley, durante el término de cinco (5) años. Quedan exceptuados de lo previsto en el presente artículo los accionistas de sociedades anónimas y asociados de cooperativas que no actuaron en las funciones indicadas en el artículo 18º cuando se cometió la infracción que determinó la exclusión del Registro.",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "condicion"
      }
    },
    {
      "texto": "Los generadores deben tomar medidas para separar bien los residuos patogénicos en el lugar donde se producen.",
      "articulo": "20",
      "cita": "Los Generadores de residuos Patogénicos deberán adoptar medidas tendientes a la óptima separación en origen de los residuos patogénicos.",
      "condiciones": [
        "residuos-patogenicos"
      ],
      "requisito": {
        "tipo": "condicion"
      }
    },
    {
      "texto": "Los generadores inscriptos que traten sus residuos dentro de su establecimiento deben cumplir con lo que dice el artículo 33 y identificar el área de tratamiento por fuera como lo fije la reglamentación.",
      "articulo": "21",
      "cita": "Los generadores de residuos patogénicos inscriptos en el Registro que opten por tratar sus residuos en unidades de tratamiento instaladas dentro de sus establecimientos, deben cumplir con las disposiciones del Artículo 33. El área de tratamiento \"in situ\" deberá contar con la identificación externa que por vía reglamentaria se determine.",
      "condiciones": [
        "residuos-patogenicos"
      ],
      "requisito": {
        "tipo": "condicion"
      }
    },
    {
      "texto": "Los generadores que traten sus residuos fuera de su establecimiento tienen que hacerlo con operadores inscriptos en el Registro.",
      "articulo": "22",
      "cita": "Los Generadores de Residuos Patogénicos que opten por tratar sus residuos fuera de sus establecimientos, deberán hacerlo con operadores inscriptos en el Registro de Generadores, Transportistas y Operadores de Residuos Patogénicos.",
      "condiciones": [
        "residuos-patogenicos"
      ],
      "requisito": {
        "tipo": "condicion"
      }
    },
    {
      "texto": "Los generadores deben guardar los residuos patogénicos dentro del establecimiento en un local aislado, de fácil acceso, preferentemente exterior y que no afecte la bioseguridad ni el ambiente del entorno; los que por su tamaño no justifiquen tener un local pueden usar un recipiente de acopio.",
      "articulo": "23",
      "cita": "El acopio de los residuos patogénicos en el interior de los establecimientos generadores, debe hacerse en un local ubicado en áreas preferentemente exteriores, de fácil acceso, aislado y que no afecte la bioseguridad e higiene del establecimiento, o ambientalmente a su entorno. Aquellos generadores que por su envergadura no se justifique tengan un local de acopio, este podrá ser reemplazado por \"Recipiente de Acopio\", cuyas características se dispondrán por vía reglamentaria.",
      "condiciones": [
        "residuos-patogenicos"
      ],
      "requisito": {
        "tipo": "condicion"
      }
    },
    {
      "texto": "Los generadores pueden guardar los residuos patogénicos como máximo 24 horas, salvo que tengan cámara fría y medios adecuados para conservarlos.",
      "articulo": "24",
      "cita": "El tiempo máximo de acopio será de veinticuatro (24) horas. En caso de contar con cámara fría y medios adecuados para la conservación de los residuos, éstos podrán acopiarse por tiempos mayores.",
      "condiciones": [
        "residuos-patogenicos"
      ],
      "requisito": {
        "tipo": "condicion",
        "cuando": "veinticuatro (24) horas"
      }
    },
    {
      "texto": "Los generadores deben tener recintos o recipientes de almacenamiento intermedio en los lugares donde más residuos se producen y llevar los residuos al local de acopio al menos 2 veces al día.",
      "articulo": "25",
      "cita": "Los lugares de mayor generación de residuos patogénicos deben disponer de recintos o recipientes para almacenamiento intermedio o transitorio de los residuos. La recolección interna y traslado al local de acopio debe realizarse como mínimo dos (2) veces al día.",
      "condiciones": [
        "residuos-patogenicos"
      ],
      "requisito": {
        "tipo": "condicion"
      }
    },
    {
      "texto": "El generador debe poner en cada bolsa y recipiente guardado en el local de acopio una tarjeta con los datos de generación, y completar los datos al despachar.",
      "articulo": "26",
      "cita": "En las bolsas y recipientes de residuos patogénicos almacenadas en el local de acopio, el generador debe colocar una tarjeta con los datos de generación de dichos residuos al precintarse las bolsas y recipientes. Asimismo, al momento del despacho deben completarse los datos respectivos a dicha operación.",
      "condiciones": [
        "residuos-patogenicos"
      ],
      "requisito": {
        "tipo": "registro",
        "evidencia": "tarjeta con los datos de generación de dichos residuos",
        "quien": "el generador"
      }
    },
    {
      "texto": "Está prohibido volcar residuos líquidos patogénicos a la red de desagües sin tratarlos antes para eliminar su condición patogénica.",
      "articulo": "27",
      "cita": "Los residuos líquidos no pueden ser vertidos a la red de desagües sin previo tratamiento que asegure su descontaminación y la eliminación de su condición patogénica, conforme a la normativa vigente.",
      "condiciones": [
        "residuos-patogenicos"
      ],
      "requisito": {
        "tipo": "condicion"
      }
    },
    {
      "texto": "Para mover los residuos patogénicos dentro del establecimiento hay que usar contenedores móviles que eviten los riesgos.",
      "articulo": "28",
      "cita": "Para el transporte interno de los residuos patogénicos se deben utilizar contenedores móviles que permitan evitar los riesgos.",
      "condiciones": [
        "residuos-patogenicos"
      ],
      "requisito": {
        "tipo": "condicion"
      }
    },
    {
      "texto": "Los transportistas deben llevar los residuos patogénicos en vehículos especiales, de uso exclusivo para esta actividad.",
      "articulo": "29",
      "cita": "El transporte de residuos patogénicos debe realizarse en vehículos especiales y de uso exclusivo para esta actividad, de acuerdo a las especificaciones de esta ley y su reglamentación.",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "condicion"
      }
    },
    {
      "texto": "Los transportistas deben tener estacionamiento para todos sus vehículos y un local exclusivo para limpiarlos, con un sistema de tratamiento de líquidos residuales.",
      "articulo": "30",
      "cita": "Los transportistas deberán contar con estacionamiento para la totalidad de los vehículos y para la higienización de los mismos deben disponer de un local exclusivo, dimensionado de acuerdo con el número de vehículos utilizados y con la frecuencia de los lavados, con un sistema de tratamiento de líquidos residuales, acorde con lo establecido en la presente ley.",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "condicion"
      }
    },
    {
      "texto": "Si hay que pasar los residuos a otro vehículo por un accidente o una falla, el transportista debe usar uno de características similares, avisar enseguida a la Autoridad de Aplicación, limpiar y desinfectar el área de los derrames y estar listo para aplicar el plan de contingencias.",
      "articulo": "31",
      "cita": "Cuando por accidentes en la vía pública o desperfectos mecánicos sea necesario el transbordo de residuos patogénicos de una unidad transportadora a otra, ésta debe ser de similares características. Queda bajo la responsabilidad del transportista la inmediata notificación a la Autoridad de Aplicación, limpieza y desinfección del área afectada por derrames que pudieran ocasionarse. La empresa debe estar preparada para la aplicación inmediata del plan de contingencias para la minimización del riesgo.",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "aviso",
        "quien": "el transportista"
      }
    },
    {
      "texto": "Los operadores solo pueden tratar residuos patogénicos como actividad principal o complementaria, con la identificación que fije la reglamentación y después de evaluar su impacto ambiental.",
      "articulo": "32",
      "cita": "Los operadores definidos en la presente Ley, sólo podrán tratar residuos patogénicos como actividad principal o complementaria, debiendo contar con la identificación que por vía reglamentaria se determine, previa evaluación de su impacto ambiental.",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "condicion"
      }
    },
    {
      "texto": "Los generadores con unidad de tratamiento interno solo pueden tratar residuos de terceros si la autoridad de aplicación lo autoriza, después de una evaluación de impacto ambiental.",
      "articulo": "33",
      "cita": "En las Unidades de Tratamiento Interno se podrán tratar residuos patogénicos de terceros cuando la autoridad de aplicación lo autorice, previa evaluación de impacto ambiental.",
      "condiciones": [
        "residuos-patogenicos"
      ],
      "requisito": {
        "tipo": "habilitacion"
      }
    },
    {
      "texto": "Los operadores deben tener alternativas o convenios con otras prestadoras autorizadas para no interrumpir el servicio en una emergencia, y avisarlo formalmente a la Autoridad de Aplicación, al generador y al transportista.",
      "articulo": "34",
      "cita": "En caso de emergencias y con el fin de garantizar la prestación ininterrumpida del servicio, los operadores deben contar con alternativas o convenios con otras prestadoras debidamente autorizadas. Tales circunstancias deben ser comunicadas formalmente a la Autoridad de Aplicación, al generador y al transportista por el operador.",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "condicion"
      }
    },
    {
      "texto": "Para tratar residuos patogénicos hay que usar métodos que eliminen del todo su condición patogénica, cuidar que los efluentes cumplan las normas, contar con monitoreo continuo y no usar hornos ni plantas de incineración en la Ciudad.",
      "articulo": "35",
      "cita": "A los efectos del tratamiento de los residuos patogénicos se deben utilizar métodos o sistemas que aseguren la total pérdida de su condición patogénica y la menor incidencia de impacto ambiental. Los efluentes producidos como consecuencia del tratamiento de residuos patogénicos, sean líquidos, sólidos o gaseosos, deben ajustarse a las normas que rigen la materia y los métodos o sistemas utilizados para el tratamiento de los residuos patogénicos deben contar con equipamiento de monitoreo y registro continuo de contaminantes y variables del proceso para garantizar un permanente control efectivo de la inocuidad de estos efluentes. Se prohíbe en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el uso de métodos o sistemas de tratamiento que emitan sus productos tóxicos persistentes y bioacumulativos por encima de los niveles que exige la autoridad de aplicación, y la instalación y utilización de hornos o plantas de incineración para el tratamiento de residuos patogénicos.",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "condicion"
      }
    },
    {
      "texto": "Los operadores de sistemas de tratamiento deben mantener las bolsas en sus contenedores hasta tratarlas, tratar los residuos dentro de las 24 horas, cumplir las condiciones de la tolva, tener grupo electrógeno de emergencia, mantener todo limpio y respetar los niveles de emisión declarados.",
      "articulo": "37",
      "cita": "Para su operatividad, los operadores de sistema de tratamiento deben ajustarse a las siguientes condiciones: a. Mantener las bolsas de residuos hasta el momento de su tratamiento dentro de sus respectivos contenedores; b. Tratar los residuos dentro de las veinticuatro (24) horas de su recepción; c. Tener la entrada de carga de la tolva del sistema de tratamiento, cuando correspondiere, al mismo nivel que el depósito de residuos, o poseer un sistema de transportes automatizado que vuelque las bolsas en la tolva; d. Disponer de un grupo electrógeno de emergencia, de potencia suficiente para permitir el funcionamiento de la planta ante un corte de suministro de energía eléctrica; e. Mantener permanentemente en condiciones de orden, aseo y limpieza todos los ámbitos del mismo; f. Mantener los niveles de emisión declarados al momento de obtener el certificado de aptitud ambiental.",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "condicion"
      }
    },
    {
      "texto": "Los fabricantes e importadores de equipos de tratamiento deben entregar al usuario una memoria con los datos de identificación y las características técnicas del equipo y dar un curso de capacitación al personal que lo va a operar.",
      "articulo": "38",
      "cita": "Los fabricantes e importadores de equipos, métodos o sistemas de tratamiento de residuos patogénicos están obligados a brindar al usuario una memoria con los datos de identificación y características técnicas del equipo, método o sistema que deben responder a las especificaciones fijadas en la presente Ley y deben proveer un curso de capacitación para el personal que operará el equipo, método o sistema, durante el tiempo necesario para su correcta utilización.",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "documento",
        "evidencia": "memoria con los datos de identificación y características técnicas del equipo, método o sistema",
        "quien": "Los fabricantes e importadores"
      }
    },
    {
      "texto": "Los generadores, transportistas y operadores deben dejar documentado el manejo de los residuos patogénicos en un manifiesto.",
      "articulo": "40",
      "cita": "El manejo de los residuos patogénicos debe quedar documentado en un instrumento que se denomina \"manifiesto\".",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "documento",
        "evidencia": "manifiesto"
      }
    },
    {
      "texto": "El manifiesto debe llevar el número de serie, los datos y la inscripción de quienes intervienen, la descripción y cantidad de los residuos, los contenedores y el vehículo, las firmas del generador, del transportista y del responsable de la planta, y la fecha y hora de cada intervención.",
      "articulo": "41",
      "cita": "Sin perjuicio de otros recaudos que determine la autoridad de aplicación, el manifiesto debe contener: a. Número serial del documento; b. Datos identificatorios de quienes intervienen en el manejo de los residuos patogénicos y su número de inscripción en el registro respectivo; c. Descripción y características de los residuos patogénicos a ser transportados; d. Cantidad total, en unidades de peso, de los residuos patogénicos a ser transportados, tipo y número de contenedores que se carguen en el vehículo de transporte y número de dominio del vehículo; e. Firmas del generador, del transportista y del responsable de la planta de tratamiento; f. Fecha y hora de intervención de los diversos sujetos.",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "documento",
        "evidencia": "manifiesto"
      }
    }
  ],
  "relacionadas": [],
  "texto_oficial": "https://www.saij.gob.ar/LPX0000154",
  "fuente": "saij",
  "publicada_el": "2026-10-06",
  "modificada_el": "2026-10-06",
  "ultimo_cambio": "alta",
  "revisada_el": "2026-10-06"
}