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Ley 10.933.
También se cita como Ley 10933.
Energía eléctrica sostenible, fuentes renovables y generación distribuida en Entre Ríos.
Uso de la energía
Cambio climático
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Estado: Vigente, sin derogación registrada.
Jurisdicción: Entre Ríos .
Organismo: Legislatura de la Provincia de Entre Ríos.
Texto oficial: SAIJ, norma LPE0010933 .
Revisada el 6 de octubre de 2026 .
Esta base se mantiene de forma automática. Ante cualquier diferencia, vale el texto oficial. Reportar un error · Texto para su asistente · Datos para su sistema
# Ley 10.933
Energía eléctrica sostenible, fuentes renovables y generación distribuida en Entre Ríos.
- Estado: Vigente, sin derogación registrada, al 6 de octubre de 2026
- Jurisdicción: Entre Ríos
- Organismo: Legislatura de la Provincia de Entre Ríos
- Materia: ambiente
- Actividad: Toda actividad, Energía eléctrica
- Condiciones que activan la norma: ninguna
- Categorías: Uso de la energía, Cambio climático
- También se cita como: Ley 10933
- Palabras clave: energías renovables, eficiencia energética, generación distribuida, medidor inteligente, usuario generador, usuario acumulador, huella de carbono, autoconsumo
- Texto oficial: https://www.saij.gob.ar/LPE0010933
- Revisada: 2026-10-06
- Dirección: https://matrizlegal.org/entre-rios/ley-10933
La Ley 10.933 de Entre Ríos promueve las energías renovables y la generación distribuida, y crea el Fondo de Energías Sostenibles. Obliga a grandes consumidores privados y a beneficiarios de subsidios no residenciales a presentar programas de eficiencia energética y renovables, y a ciertos usuarios a instalar medidores inteligentes. Está vigente al 6 de octubre de 2026.
## ¿A quién alcanza la Ley 10.933?
A las empresas de mayor consumo, a los beneficiarios de subsidios de tarifa eléctrica no residenciales, a los usuarios generadores y acumuladores y a los parques industriales de Entre Ríos.
## ¿Sigue vigente la Ley 10.933?
Sí. Al 6 de octubre de 2026 no registra una norma que la derogue.
## ¿A qué obliga la Ley 10.933?
1. El sector privado de mayor consumo, según lo defina la reglamentación, debe presentar a la autoridad de aplicación un programa de eficiencia energética y de adopción de energías renovables.
- Qué tener: Programa de eficiencia energética y adopción de las energías renovables (documento)
> El sector privado de mayor consumo, según lo defina la reglamentación, debe presentar a la autoridad de aplicación un programa de eficiencia energética y adopción de las energías renovables.
>
> Artículo 35
2. Quienes reciben subsidios de tarifa eléctrica no residencial tienen que presentar un plan de acciones e inversiones en energía renovable y eficiencia energética, que la autoridad de aplicación debe aprobar para que mantengan el subsidio.
- Qué tener: Plan de acciones e inversiones en energía renovable y eficiencia energética (documento)
> Los actuales y nuevos beneficiarios de subsidios de tarifas eléctricas no residenciales deben presentar un plan de acciones e inversiones en energía renovable y eficiencia energética, que debe ser aprobado por la autoridad de aplicación a los fines de mantener los subsidios, una vez entrada en vigencia la presente ley.
>
> Artículo 36
3. Los parques y áreas industriales tienen que incluir criterios de eficiencia energética y de aprovechamiento de energías renovables desde la etapa de proyecto.
> A partir de la sanción de la presente ley, los parques y áreas industriales incluyen en su etapa de proyecto, criterios de eficiencia energética y aprovechamiento de energías renovables.
>
> Artículo 41
4. Los usuarios generadores que decidan limitar la inyección de energía renovable deben instalar el medidor inteligente.
> Los usuarios generadores que opten por la limitación de la inyección de energía renovable deben instalar el medidor inteligente, según las características descriptas en el artículo 55º.
>
> Artículo 59
5. Los usuarios acumuladores que decidan inyectar energía a la red deben instalar el medidor inteligente para que se apruebe su conexión.
> Los usuarios acumuladores que opten por la inyección de energía a la red deben instalar el medidor inteligente a los fines de ser aprobada su conexión.
>
> Artículo 60
6. Los usuarios generadores no residenciales tienen que instalar un medidor inteligente como requisito para que se apruebe la conexión de su equipo de generación renovable.
> Los usuarios generadores no residenciales que deberán instalar un medidor inteligente como parte de los requisitos a cumplimentar para la aprobación de la conexión del equipo de generación renovable.
>
> Artículo 61
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Fuentes: InfoLeg y SAIJ, Ministerio de Justicia de la Nación, bajo licencia Creative Commons Atribución 4.0.
¿A quién alcanza la Ley 10.933?
A las empresas de mayor consumo, a los beneficiarios de subsidios de tarifa eléctrica no residenciales, a los usuarios generadores y acumuladores y a los parques industriales de Entre Ríos.
¿A qué obliga la Ley 10.933?
2 para tener
4 para cumplir
Lo que hay que tener.
Documento
Programa de eficiencia energética y adopción de las energías renovables
El sector privado de mayor consumo, según lo defina la reglamentación, debe presentar a la autoridad de aplicación un programa de eficiencia energética y de adopción de energías renovables.
Artículo 35
Documento
Plan de acciones e inversiones en energía renovable y eficiencia energética
Quienes reciben subsidios de tarifa eléctrica no residencial tienen que presentar un plan de acciones e inversiones en energía renovable y eficiencia energética, que la autoridad de aplicación debe aprobar para que mantengan el subsidio.
Artículo 36
Lo que hay que cumplir.
Los parques y áreas industriales tienen que incluir criterios de eficiencia energética y de aprovechamiento de energías renovables desde la etapa de proyecto.
Artículo 41
Los usuarios generadores que decidan limitar la inyección de energía renovable deben instalar el medidor inteligente.
Artículo 59
Los usuarios acumuladores que decidan inyectar energía a la red deben instalar el medidor inteligente para que se apruebe su conexión.
Artículo 60
Los usuarios generadores no residenciales tienen que instalar un medidor inteligente como requisito para que se apruebe la conexión de su equipo de generación renovable.
Artículo 61
La Ley 10.933 de Entre Ríos promueve las energías renovables y la generación distribuida, y crea el Fondo de Energías Sostenibles. Obliga a grandes consumidores privados y a beneficiarios de subsidios no residenciales a presentar programas de eficiencia energética y renovables, y a ciertos usuarios a instalar medidores inteligentes. Está vigente al 6 de octubre de 2026.
Palabras clave energías renovables · eficiencia energética · generación distribuida · medidor inteligente · usuario generador · usuario acumulador · huella de carbono · autoconsumo
¿Sigue vigente la Ley 10.933?
Sí. Al 6 de octubre de 2026 no registra una norma que la derogue.
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