Ley 11.250.

Gestión ambiental de actividades económicas y Evaluación de Impacto Ambiental en Entre Ríos.

Evaluación de impacto ambiental Protección del ambiente Registros de consultores ambientales

¿A quién alcanza la Ley 11.250?

A las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que realizan o proyectan en Entre Ríos obras o actividades que pueden degradar el ambiente.

¿A qué obliga la Ley 11.250?

1 para tener 3 para hacer 2 para cumplir

Lo que hay que tener.

  • Documento

    Informe Ambiental

    El titular de una obra o actividad en funcionamiento que no tenga certificación ambiental vigente, o que tenga un trámite en curso al entrar en vigencia la ley, debe presentar un Informe Ambiental ante la autoridad provincial para adecuarse.

    Artículo 17

Lo que hay que hacer.

  • Medición

    Quien realice un proyecto, obra o actividad alcanzada por la ley tiene que cumplir siempre el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental antes de ejecutarlo.

    Cuándo
    En forma previa a su ejecución

    Artículo 8

  • Medición

    Quien realice un proyecto alcanzado por la ley tiene que incluir en el Estudio de Impacto Ambiental, como mínimo, la descripción del proyecto, las medidas para reducir el impacto, los impactos negativos que no se pueden mitigar y las consecuencias irreversibles.

    Qué mostrar
    Estudios de Impacto Ambiental

    Artículo 10

  • Medición

    Quien elabore el Informe Ambiental tiene que tener en cuenta cualquier cambio neto, positivo o negativo, que la obra o actividad provoque en el ambiente, directa o indirectamente.

    Qué mostrar
    Informe Ambiental

    Artículo 18

Lo que hay que cumplir.

  • Las actividades que operan sin aptitud ambiental vigente tienen 18 meses desde que rige la ley para adecuarse, y la reglamentación puede prorrogar ese plazo hasta 6 meses más.

    Cuándo
    18 meses desde la vigencia de la ley

    Artículo 19

  • Quienes proponen, son dueños o custodian los lugares donde se hacen las obras o actividades alcanzadas por la ley deben dejar entrar a los agentes de la autoridad y no entorpecer su trabajo.

    Artículo 22

La Ley 11.250 de Entre Ríos fija el régimen de gestión ambiental de las actividades económicas de la provincia. Regula la Evaluación de Impacto Ambiental, la participación ciudadana, el Certificado Único Ambiental, el Registro Provincial Ambiental y las sanciones. Alcanza a quienes realizan proyectos, obras o actividades que pueden degradar el ambiente, con exclusiones como el comercio minorista y los servicios profesionales. Está vigente al 6 de octubre de 2026.

Palabras clave estudio de impacto ambiental · certificado único ambiental · informe ambiental · declaración de impacto ambiental · participación ciudadana · consultores ambientales · registro provincial ambiental · adecuación ambiental · proponente

¿Sigue vigente la Ley 11.250?

Sí. Al 6 de octubre de 2026 no registra una norma que la derogue.

¿Cómo se controla que un contratista cumpla?

Auditans le pide a cada contratista los documentos que su empresa define, y la portería ve quién está habilitado para entrar. Conocer Auditans