Quien quiera establecer o desarrollar un asentamiento humano en un área protegida, salvo en las reservas de uso múltiple y las naturales estrictas, necesita autorización previa de la autoridad de aplicación, y sus planes de urbanización y de edificación tienen que ser aprobados antes por ella.
Artículo 20
Habilitación
Para subdividir un inmueble privado en un área protegida hay que tener autorización previa de la autoridad de aplicación.
Artículo 24
Lo que hay que hacer.
Aviso a la autoridad
El propietario de un inmueble en un área protegida que decida venderlo tiene que avisar a la autoridad de aplicación, de forma fehaciente, el precio y las demás condiciones de la venta.
Artículo 25
Lo que hay que cumplir.
En las zonas restringidas de un área protegida está prohibido instalar industrias, explorar o explotar minas, tener propiedad privada y arrendar tierras.
Artículo 13
En las zonas de uso controlado solo se pueden hacer actividades económicas que conserven o recuperen el ecosistema, y están prohibidas la minería, los hidrocarburos, la caza y pesca comercial y traer especies exóticas.
Artículo 14
En los Monumentos Naturales y Culturales y en los Parques Provinciales está prohibida la presencia humana que perturbe o altere el ambiente natural y que vivan o se radiquen personas, salvo lo mínimo para administrar el área e investigar.
Artículo 17
En las zonas restringidas de los Parques Provinciales está prohibido hacer asentamientos humanos y construir infraestructura, equipamiento e instalaciones.
Artículo 18
La Ley 2651 de La Pampa fija el régimen de las áreas protegidas de la provincia, sus categorías de manejo y sus zonas. Limita en ellas las industrias, la minería, los asentamientos y la subdivisión de inmuebles privados, y prevé sanciones para quienes la infrinjan. Está vigente al 6 de octubre de 2026.
Palabras clave áreas protegidas · zona restringida · zona de uso controlado · plan de manejo · asentamientos humanos · subdivisión del suelo · servidumbres · parque provincial · monumento natural · guardaparques
¿Sigue vigente la Ley 2.651?
Sí. Al 6 de octubre de 2026 no registra una norma que la derogue.
¿Cómo se controla que un contratista cumpla?
Auditans le pide a cada contratista los documentos que su empresa define, y la portería ve quién está habilitado para entrar. Conocer Auditans