{
  "id": "nacion/ley-19587",
  "url": "https://matrizlegal.org/nacion/ley-19587",
  "tipo": "ley",
  "numero": "19587",
  "anio": 1972,
  "nombre": "Ley 19.587",
  "otros_nombres": [
    "Ley 19587",
    "Ley Nº 19.587",
    "Ley de Higiene y Seguridad en el Trabajo"
  ],
  "jurisdiccion": "Nación",
  "jurisdiccion_clave": "nacion",
  "municipio": null,
  "municipio_clave": null,
  "organismo": "Poder Ejecutivo Nacional",
  "tema": "Higiene y seguridad en el trabajo",
  "materia": "seguridad",
  "categorias": [
    "Obligaciones del empleador",
    "Servicio de higiene y seguridad",
    "Medicina del trabajo",
    "Contratistas"
  ],
  "categorias_claves": [
    "obligaciones-del-empleador",
    "servicio-de-higiene-y-seguridad",
    "medicina-del-trabajo",
    "contratistas"
  ],
  "palabras_clave": [
    "dador principal",
    "exámenes preocupacionales",
    "legajo de salud",
    "equipos de protección personal",
    "primeros auxilios",
    "formación del personal",
    "incendio",
    "sustancias nocivas",
    "ruidos y vibraciones"
  ],
  "vigente": true,
  "derogada_por": null,
  "cita_de_derogacion": null,
  "resumen": "La Ley 19.587 fija las condiciones de higiene y seguridad en el trabajo en todo el territorio del país. Se aplica a todos los establecimientos y explotaciones, con o sin fines de lucro. Obliga al empleador a tomar medidas de prevención, hace responsable al dador principal cuando el trabajo lo hacen terceros y fija deberes para el trabajador.",
  "alcanza_a": "A todo empleador y a todo establecimiento o explotación, al dador principal que contrata trabajo de terceros y a los trabajadores.",
  "actividades": [
    "general"
  ],
  "condiciones": [],
  "obligaciones": [
    {
      "texto": "El dador principal es responsable, junto con los terceros, de cumplir la ley cuando el trabajo se hace en sus establecimientos o con sus maquinarias, elementos o dispositivos.",
      "articulo": "3",
      "cita": "Cuando la prestación de trabajo se ejecute por terceros, en establecimientos, centros o puestos de trabajo del dador principal o con maquinarias, elementos o dispositivos por él suministrados, éste será solidariamente responsable del cumplimiento de las disposiciones de esta ley.",
      "condiciones": [
        "contrata-contratistas"
      ],
      "requisito": {
        "tipo": "condicion"
      }
    },
    {
      "texto": "El empleador tiene que tomar las medidas de higiene y seguridad adecuadas para proteger la vida y la integridad de los trabajadores, en especial en los edificios y lugares de trabajo, en los resguardos de máquinas e instalaciones, en los equipos de protección personal y en las operaciones y procesos de trabajo.",
      "articulo": "8",
      "cita": "Todo empleador debe adoptar y poner en práctica las medidas adecuadas de higiene y seguridad para proteger la vida y la integridad de los trabajadores, especialmente en lo relativo: a) a la construcción, adaptación, instalación y equipamiento de los edificios y lugares de trabajo en condiciones ambientales y sanitarias adecuadas; b) a la colocación y mantenimiento de resguardos y protectores de maquinarias y de todo género de instalaciones, con los dispositivos de higiene y seguridad que la mejor técnica aconseje; c) al suministro y mantenimiento de los equipos de protección personal; d) a las operaciones y procesos de trabajo.",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "condicion"
      }
    },
    {
      "texto": "El empleador debe hacer los exámenes médicos del personal y anotar los resultados en el legajo de salud, mantener en buen estado máquinas e instalaciones, renovar el aire, evitar la acumulación de desechos, reducir ruidos y vibraciones, instalar equipos contra incendios, guardar con seguridad las sustancias peligrosas, tener medios de primeros auxilios, poner carteles, promover la capacitación y denunciar los accidentes y enfermedades del trabajo.",
      "articulo": "9",
      "cita": "Sin perjuicio de lo que determinen especialmente los reglamentos, son también obligaciones del empleador; a) disponer el examen pre-ocupacional y revisación periódica del personal, registrando sus resultados en el respectivo legajo de salud; b) mantener en buen estado de conservación, utilización y funcionamiento, las maquinarias, instalaciones y útiles de trabajo; c) instalar los equipos necesarios para la renovación del aire y eliminación de gases, vapores y demás impurezas producidas en el curso del trabajo; d) mantener en buen estado de conservación, uso y funcionamiento las instalaciones eléctricas y servicios de aguas potables; e) evitar la acumulación de desechos y residuos que constituyan un riesgo para la salud, efectuando la limpieza y desinfecciones periódicas pertinentes; f) eliminar, aislar o reducir los ruidos y/o vibraciones perjudiciales para la salud de los trabajadores; g) instalar los equipos necesarios para afrontar los riesgos en caso de incendio o cualquier otro siniestro; h) depositar con el resguardo consiguiente y en condiciones de seguridad las sustancias peligrosas; i) disponer de medios adecuados para la inmediata prestación de primeros auxilios; j) colocar y mantener en lugares visibles avisos o carteles que indiquen medidas de higiene y seguridad o adviertan peligrosidad en las maquinarias e instalaciones; k) promover la capacitación del personal en materia de higiene y seguridad en el trabajo, particularmente en lo relativo a la prevención de los riesgos específicos de las tareas asignadas; l) denunciar accidentes y enfermedades del trabajo.",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "condicion"
      }
    }
  ],
  "relacionadas": [],
  "texto_oficial": "https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/15000-19999/17612/norma.htm",
  "calendario": null,
  "fuente": "infoleg",
  "publicada_el": "2026-10-07",
  "modificada_el": "2026-10-07",
  "ultimo_cambio": "alta",
  "revisada_el": "2026-10-07"
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