Ley 26.331.

Presupuestos mínimos de protección ambiental de los bosques nativos.

Protección del ambiente Evaluación de impacto ambiental Suelo y pasivos ambientales

¿A quién alcanza la Ley 26.331?

A quienes piden autorización para hacer desmontes o manejo sostenible de bosques nativos, a los titulares de la actividad y a los profesionales que firman los planes.

¿A qué obliga la Ley 26.331?

5 para tener 1 para hacer 4 para cumplir

Lo que hay que tener.

  • Habilitación

    Quien quiera hacer un desmonte o manejar bosque nativo de forma sostenible necesita autorización de la autoridad de la jurisdicción.

    Artículo 13

  • Documento

    Plan de Manejo Sostenible de Bosques Nativos

    Quien pida autorización para manejar bosques nativos de categoría II o III debe ajustar su actividad a un Plan de Manejo Sostenible de Bosques Nativos.

    Artículo 16

  • Documento

    Plan de Aprovechamiento del Cambio de Uso del Suelo

    Quien pida autorización para desmontar bosques nativos de categoría III debe ajustar su actividad a un Plan de Aprovechamiento del Cambio de Uso del Suelo.

    Artículo 17

  • Documento

    Los titulares de la actividad deben firmar los planes de manejo y de aprovechamiento, hacerlos avalar por un profesional habilitado y esperar la aprobación de la autoridad antes de ejecutarlos.

    Cuándo
    En forma previa a su ejecución

    Artículo 18

  • Documento

    Plan de Manejo y Conservación de los Bosques Nativos

    Los titulares de tierras con bosque nativo que reciben la compensación del Fondo deben hacer y mantener actualizado un Plan de Manejo y Conservación aprobado por la autoridad de la jurisdicción.

    Artículo 35

Lo que hay que hacer.

  • Medición

    Quien presenta un proyecto debe incluir en el Estudio de Impacto Ambiental, como mínimo, los responsables, la descripción del proyecto, el plan de manejo, el análisis del ambiente, de las alternativas y de los impactos, y un documento de síntesis.

    Qué mostrar
    Estudio del Impacto Ambiental (EIA)

    Artículo 24

Lo que hay que cumplir.

  • Está prohibido quemar a cielo abierto los residuos de desmontes o de aprovechamientos sostenibles de bosques nativos.

    Artículo 15

  • Todo proyecto de desmonte o de manejo sostenible debe reconocer y respetar los derechos de las comunidades indígenas originarias que ocupan tradicionalmente esas tierras.

    Artículo 19

  • Quienes firmaron los planes responden solidariamente con los titulares de la autorización si hay daño ambiental causado por datos falsos u omitidos en ellos.

    Artículo 20

  • Quien haya cometido infracciones forestales o ambientales y no cumpla las sanciones impuestas no puede obtener autorización de desmonte ni de aprovechamiento sostenible.

    Artículo 27

La Ley 26.331 fija los presupuestos mínimos de protección ambiental para el enriquecimiento, la restauración, la conservación, el aprovechamiento y el manejo sostenible de los bosques nativos. Exige autorización para todo desmonte o manejo sostenible, planes aprobados por la autoridad y estudio de impacto ambiental. También crea el Fondo Nacional para la conservación de los bosques nativos y obliga a las provincias a ordenar sus bosques. Está vigente al 6 de octubre de 2026.

Palabras clave desmonte · plan de manejo sostenible · ordenamiento territorial · estudio de impacto ambiental · quema a cielo abierto · comunidades indígenas · autorización de desmonte · categorías de conservación

¿Sigue vigente la Ley 26.331?

Sí. Al 6 de octubre de 2026 no registra una norma que la derogue.

¿Cómo se controla que un contratista cumpla?

Auditans le pide a cada contratista los documentos que su empresa define, y la portería ve quién está habilitado para entrar. Conocer Auditans