A quienes transportan envases vacíos de fitosanitarios Tipo B desde el CAT al operador y a los operadores habilitados para tratarlos.
¿A qué obliga la Resolución MAyDS 439/22?
Lo que hay que tener.
Documento
Carta de porte
Quien transporte envases vacíos de fitosanitarios Tipo B desde el CAT al operador debe cumplir los requisitos del transporte de mercancías peligrosas y usar la carta de porte, con la cantidad de envases en unidades.
Artículo 2
Documento
Los operadores habilitados para tratar envases vacíos de fitosanitarios deben pedir el documento de transporte del artículo 2 como único documento para acreditar el transporte de envases Tipo B.
Artículo 3
Habilitación
Los operadores que quieran constituirse como operadores de envases Tipo B tienen que acreditar que cumplen la Ley 27.279 y su normativa complementaria.
Artículo 4
La Resolución MAyDS 439/2022 aprueba un régimen transitorio de trazabilidad de los envases vacíos de fitosanitarios, que rige hasta que funcione el Sistema Único de Trazabilidad de la Ley 27.279. Fija cómo se documenta el transporte de los envases Tipo B desde el CAT al operador y qué deben exigir y acreditar los operadores. Según una nota del texto, una resolución posterior sustituyó el artículo 1 y extendió el régimen a los envases Tipo A. Está vigente al 6 de octubre de 2026.
Palabras clave envases vacíos · fitosanitarios · carta de porte · trazabilidad · operador · centro de almacenamiento transitorio · mercancías peligrosas · envases tipo b
¿Sigue vigente la Resolución MAyDS 439/22?
Sí. Al 6 de octubre de 2026 no registra una norma que la derogue.
¿Cómo se controla que un contratista cumpla?
Auditans le pide a cada contratista los documentos que su empresa define, y la portería ve quién está habilitado para entrar. Conocer Auditans