{
  "id": "nacion/resolucion-mayds-443-2020",
  "url": "https://matrizlegal.org/nacion/resolucion-mayds-443-2020",
  "tipo": "resolucion",
  "numero": "443",
  "anio": 2020,
  "nombre": "Resolución MAyDS 443/2020",
  "otros_nombres": [
    "Res. MAyDS 443/2020",
    "Resolución MAyDS 443/20"
  ],
  "jurisdiccion": "Nación",
  "jurisdiccion_clave": "nacion",
  "municipio": null,
  "municipio_clave": null,
  "organismo": "Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible",
  "tema": "Importación definitiva o temporal de pilas y baterías primarias y sistema de certificación previa",
  "materia": "ambiente",
  "categorias": [
    "Protección del ambiente",
    "Sustancias peligrosas"
  ],
  "categorias_claves": [
    "proteccion-del-ambiente",
    "sustancias-peligrosas"
  ],
  "palabras_clave": [
    "pilas",
    "baterías",
    "mercurio",
    "cadmio",
    "plomo",
    "importación",
    "pilas botón",
    "entidades certificadoras",
    "certificado de conformidad",
    "minamata"
  ],
  "vigente": true,
  "derogada_por": null,
  "cita_de_derogacion": null,
  "resumen": "La Resolución MAyDS 443/2020 fija las reglas para importar pilas y baterías primarias de carbón zinc, alcalinas de manganeso, óxido de plata, zinc-aire y óxido de mercurio, con forma cilíndrica, de prisma o botón. Exige certificación previa y autorización de importación, y regula el registro y los procedimientos de las entidades certificadoras y de los laboratorios de ensayo. Reemplaza las Resoluciones SAyDS 14/2007, SAyDS 484/2007 y SGAyDS 21/2019.",
  "alcanza_a": "A los importadores de pilas y baterías, a las entidades certificadoras, a los laboratorios de ensayo y a los distribuidores, mayoristas y minoristas de esos productos.",
  "actividades": [
    "comercio-y-servicios"
  ],
  "condiciones": [],
  "obligaciones": [
    {
      "texto": "Está prohibido importar pilas de óxido de mercurio.",
      "articulo": "4",
      "cita": "Establécese que respecto a la importación de pilas de óxido de mercurio será de aplicación la prohibición establecida en la Resolución N° 75/19 o la que en un futuro la reemplace o complemente.",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "condicion"
      }
    },
    {
      "texto": "Cada pila botón debe tener como máximo 2% de mercurio en masa.",
      "articulo": "5",
      "cita": "Establécese que para las pilas botón el contenido en masa de mercurio de cada pila deberá ser inferior o igual al DOS POR CIENTO (2%).",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "condicion"
      }
    },
    {
      "texto": "Las entidades certificadoras ya aprobadas según la Resolución 244/18 tienen 180 días desde la publicación de esta resolución para adecuar sus presentaciones y obtener la nueva aprobación.",
      "articulo": "6",
      "cita": "Las entidades que a la fecha de entrada en vigor de la presente norma ya hayan obtenido la correspondiente aprobación en el marco de la Resolución N° 244/18, tendrán un plazo de 180 días de publicada la presente para adecuar sus presentaciones y dar cumplimiento a lo establecido en el artículo siguiente a los fines de obtener la aprobación del artículo 7°.",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "habilitacion",
        "cuando": "180 días de publicada la presente"
      }
    },
    {
      "texto": "La entidad certificadora debe renovar su inscripción en el Registro todos los años, con una declaración jurada según el modelo del Anexo II.",
      "articulo": "8",
      "cita": "La inscripción en el Registro deberá ser renovada anualmente mediante Declaración Jurada, conforme el modelo detallado en el Anexo II (IF-2020-66696217-APN-DNSYPQ#MAD) el que forma parte integrante de la presente Resolución.",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "documento",
        "evidencia": "Declaración Jurada",
        "cuando": "anualmente"
      }
    },
    {
      "texto": "Las entidades certificadoras deben seguir el procedimiento del Anexo III para evaluar y emitir los certificados.",
      "articulo": "9",
      "cita": "Apruébese el procedimiento que, como Anexo III (IF-2020-73610572-APN-DNSYPQ#MAD) forma parte integrante de la presente Resolución, que deberán llevar adelante las entidades certificadoras para la evaluación y emisión de las Certificaciones previstas en el Artículo 6º de la Ley Nº 26.184.",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "medicion"
      }
    },
    {
      "texto": "Los laboratorios que hacen los ensayos deben tener capacidad analítica reconocida y un sistema que asegure la calidad de los resultados.",
      "articulo": "10",
      "cita": "Los laboratorios que presten servicio para la realización de los ensayos deberán contar con capacidad analítica reconocida y poseer un sistema de aseguramiento de la calidad de los resultados.",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "condicion"
      }
    },
    {
      "texto": "Las entidades certificadoras solo pueden aceptar ensayos de laboratorios que cumplan los requisitos del Anexo IV y que hayan sido declarados en el trámite de inscripción en el Registro.",
      "articulo": "10",
      "cita": "A tal fin, para el proceso de evaluación y certificación del ANEXO III las Entidades Certificadoras aceptarán únicamente ensayos de laboratorios que cumplan con requisitos establecidos en el ANEXO IV (IF-2020-66696704-APN-DNSYPQ#MAD) el que forma parte integrante de la presente y que hayan sido declarados en el trámite para formar parte del registro de entidades certificadoras regulado en el artículo 6°.",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "condicion"
      }
    },
    {
      "texto": "Quien traiga pilas o baterías solo para muestreo y certificación tiene que presentar ante Aduanas copia de la orden de trabajo de la entidad certificadora y una declaración jurada de que el embarque es una muestra.",
      "articulo": "11",
      "cita": "En este supuesto, el interesado deberá presentar ante la DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS copia de la orden de trabajo respectiva expedida por la entidad certificadora autorizada, en la que constarán las características especiales de muestreo, junto con una Declaración Jurada de la finalidad de muestra del embarque.",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "documento",
        "evidencia": "copia de la orden de trabajo y Declaración Jurada de la finalidad de muestra del embarque"
      }
    },
    {
      "texto": "Quien pida la eximición de la certificación debe acreditar que la importación no es comercial, presentar la eximición ante Aduanas y tramitar la solicitud con la información del Anexo VI.",
      "articulo": "13",
      "cita": "En todos los casos deberá quedar acreditado que el fin de la importación no tendrá carácter comercial. La misma deberá ser presentada ante la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS a los fines de la liberación de la mercadería. La solicitud deberá tramitar ante la DIRECCIÓN NACIONAL DE SUSTANCIAS Y PRODUCTOS QUÍMICOS y presentarse la información detallada en el ANEXO VI (IF-2020-66697544-APN-DNSYPQ#MAD) que forma parte integrante de la presente Resolución.",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "documento"
      }
    },
    {
      "texto": "Las entidades certificadoras deben emitir por Trámites a Distancia (TAD) los certificados de conformidad con su protocolo de ensayo, los certificados extendidos, los resultados de los ensayos rechazados, las constancias de seguimiento y copia de los certificados dados de baja.",
      "articulo": "14",
      "cita": "Las entidades certificadoras deberán emitir, a través de la plataforma de TRAMITES A DISTANCIA – TAD, o la que en un futuro la reemplace, la siguiente información que quedará vinculada en el Registro de Legajo Multiproposito - RLM: · Los Certificados de Conformidad conforme el artículo 6° de la Ley N° 26.184 con su protocolo de ensayo. · Los Certificados extendidos. · Resultado de los ensayos efectuados sobre las muestras que no cumplan con lo establecido en la Ley N 26.184 y normativa complementaria y para cuyos casos no se emitirá la certificación. En el informe deberá indicarse: tipo y nombre del producto, país de origen, nombre o razón social del importador, nombre y descripción de los ensayos realizados y motivo(s) del rechazo, según corresponda. · Las Constancias de Seguimiento (vigilancia) y sus protocolos de ensayo. · En caso de que los resultados obtenidos de la Actividad de Vigilancia no cumplan con lo establecido en la Ley N° 26.184 se deberá enviar resultado de los ensayos y para cuyos casos no se emitirá la constancia. En el informe deberá indicarse: tipo y nombre del producto, país de origen, nombre o razón social del importador, nombre y descripción de los ensayos realizados y motivo(s) del rechazo, según corresponda. · Copia de los certificados originales y extendidos, si los hubiera, que hayan sido dado de baja con posterioridad a su emisión, indicando los motivos.",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "documento"
      }
    },
    {
      "texto": "El importador debe devolver de urgencia al país de origen la mercadería que no cumpla esta resolución, y responde con su patrimonio.",
      "articulo": "16",
      "cita": "Asimismo, el importador será responsable patrimonialmente de la devolución, con carácter de urgente, al país de origen, de la mercadería que no cumpla con las condiciones reguladas en la presente Resolución.",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "condicion"
      }
    },
    {
      "texto": "Quien quiera ser entidad certificadora debe iniciar el trámite ante la Secretaría de Control y Monitoreo Ambiental, por Trámite a Distancia, y presentar la documentación pedida.",
      "articulo": "Anexo I, párrafo 1",
      "cita": "En el marco de lo dispuesto en el artículo 7° de la presente Resolución, las personas humanas o jurídicas que pretendan obtener la autorización como entidad certificadora, a los fines de realizar la evaluación y emitir las certificaciones previstas en el artículo 6° de la Ley N° 26.184, deberán iniciar actuaciones ante la SECRETARÍA DE CONTROL Y MONITOREO AMBIENTAL, de este Ministerio, a través de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SUSTANCIAS Y PRODUCTOS QUÍMICOS, o la que en un futuro las reemplace, mediante el trámite correspondiente disponible en la plataforma de “Trámite a Distancia” (TAD) del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) presentando la documentación que se lista a continuación.",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "habilitacion"
      }
    },
    {
      "texto": "La entidad certificadora debe avisar en 30 días hábiles, por la plataforma TAD, cualquier cambio en la información que presentó.",
      "articulo": "Anexo I, párrafo 2",
      "cita": "En caso de existir modificaciones sobre la información presentada, las mismas deberán ser comunicadas en un plazo de 30 días hábiles mediante el trámite correspondiente en la Plataforma TAD para consideración de la autoridad de aplicación.",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "aviso",
        "cuando": "30 días hábiles"
      }
    },
    {
      "texto": "Los organismos de certificación deben tener en cuenta la familia del producto (mismo tipo de pila, sistema electroquímico, marca y origen) al emitir los certificados.",
      "articulo": "Anexo III, 1",
      "cita": "Para la emisión de los certificados correspondientes, los Organismos de Certificación deberán tener en consideración la familia de productos. La pertenencia a una determinada familia implica su coincidencia en las siguientes características: a) mismo tipo (forma) de pila, b) mismo sistema electroquímico, c) misma marca, d) mismo origen.",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "condicion"
      }
    },
    {
      "texto": "Las pilas a certificar deben llevar marcados en el cuerpo la marca, el modelo, el origen y la fecha de vencimiento con mes y año.",
      "articulo": "Anexo III, 2",
      "cita": "MARCADO - marca, modelo, origen y fecha de vencimiento de la pila, indicando mes y año. El marcado deberá encontrarse en el cuerpo de la pila.",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "condicion"
      }
    },
    {
      "texto": "Los ensayos para certificar deben medir el contenido total de mercurio, cadmio y plomo con una técnica instrumental, y comprobar marcado, blindaje y duración mínima según la norma IEC o una equivalente.",
      "articulo": "Anexo III, 3",
      "cita": "Los ensayos por realizar para dar cumplimiento a los Artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.184, son los siguientes: - Determinación de metales pesados: se deberá utilizar un método que permita determinar el contenido total de los metales mercurio, cadmio y plomo (Hg, Cd o Pb) mediante una técnica analítica instrumental, cuyo límite de cuantificación sea menor a 0,0005 % en peso de mercurio, 0,015% en peso de cadmio y 0,200% en peso plomo. En el caso de las pilas denominadas \"botón\", el límite de cuantificación para el mercurio (Hg) no deberá superar 2% en peso. - Marcado, Blindaje y Duración Mínima: se deberá realizar el ensayo conforme lo establecido en la norma IEC b60.0086-1 y 2 vigente, u otra norma nacional o internacional que sea equivalente.",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "medicion"
      }
    },
    {
      "texto": "La empresa que pide certificar debe presentar las muestras aisladas entre sí y, para pilas de productos, una nota en carácter de declaración jurada con los datos del producto y de la pila.",
      "articulo": "Anexo III, 4",
      "cita": "Debido a esto, las muestras deberán presentarse aisladas. 2. Pilas para productos: en todos los casos la empresa deberá presentar, además de las unidades necesarias de pilas, una nota en carácter de declaración jurada, en la que deberá figurar los siguientes datos del producto que contiene la pila a certificar: -Denominación; -Marca; -Modelo; -Origen; -Fabricante; -Tipo/forma, sistema electroquímico, marca, origen y modelo de la pila que usa.",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "documento",
        "evidencia": "nota en carácter de declaración jurada"
      }
    },
    {
      "texto": "Las entidades certificadoras deben hacer los controles de vigilancia: elegir las muestras, mandarlas a los laboratorios declarados y verificar al menos una vez a los 12 meses de emitido el certificado.",
      "articulo": "Anexo III, 5",
      "cita": "Los controles de vigilancia de los productos certificados estarán a cargo de las Entidades Certificadoras intervinientes. Para cada ACTIVIDAD DE SEGUIMIENTO, las muestras representativas serán seleccionadas por la respectiva entidad certificadora y serán remitidas a los laboratorios de ensayos declarados. Se evaluarán igual cantidad de muestras que para la emisión del certificado. Dichos controles consistirán en al menos UNA (1) verificación a los DOCE (12) meses corridos a partir de la fecha de la emisión del Certificado e implicarán la determinación de metales pesados: mercurio, cadmio y plomo (Hg; Cd y Pb), Marcado, Blindaje y Duración Mínima, respetando lo indicado en el punto 3 del presente Anexo.",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "medicion",
        "cuando": "al menos una verificación a los 12 meses corridos de la emisión del Certificado",
        "quien": "las Entidades Certificadoras intervinientes"
      }
    },
    {
      "texto": "El organismo de certificación debe dar al solicitante un Certificado de Conformidad con vigencia de 2 años.",
      "articulo": "Anexo III, II",
      "cita": "Verificado el cumplimiento de los requisitos establecidos precedentemente, el Organismo de Certificación extenderá al solicitante un Certificado de Conformidad que tendrá una vigencia de 2 años, en consonancia con lo establecido en el último párrafo del artículo 6° de la Ley N° 26.184.",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "documento",
        "evidencia": "Certificado de Conformidad",
        "cuando": "vigencia de 2 años",
        "quien": "el Organismo de Certificación"
      }
    },
    {
      "texto": "Los distribuidores, mayoristas y minoristas tienen que guardar una copia simple del certificado para mostrarla a los consumidores y usuarios que la pidan.",
      "articulo": "Anexo III, II",
      "cita": "Los distribuidores, mayoristas y minoristas deberán tener en su poder una copia simple del mismo para ser exhibida a requerimiento de los consumidores y usuarios.",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "documento"
      }
    },
    {
      "texto": "El Certificado de Conformidad se emite por Trámites a Distancia, en idioma nacional, y debe incluir la razón social, el domicilio legal y la identificación tributaria del fabricante nacional o importador.",
      "articulo": "Anexo III, a",
      "cita": "Se emitirá un Certificado de Conformidad, a través de TRAMITES A DSTANCIA - TAD, el que contendrá, en idioma nacional, los siguientes datos: a. Razón Social, domicilio legal e identificación tributaria del fabricante nacional o importador",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "documento",
        "evidencia": "Certificado de Conformidad"
      }
    },
    {
      "texto": "El Certificado de Conformidad debe incluir los datos completos del organismo de certificación.",
      "articulo": "Anexo III, b",
      "cita": "b. Datos completos del Organismo de Certificación.",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "documento"
      }
    },
    {
      "texto": "El Certificado de Conformidad debe incluir el número del certificado, la fecha de emisión y la de vencimiento.",
      "articulo": "Anexo III, c",
      "cita": "c. Número del Certificado, fecha de emisión y de vencimiento.",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "documento"
      }
    },
    {
      "texto": "El Certificado de Conformidad debe identificar por completo el producto certificado: denominación, modelos, tipo o forma, sistema electroquímico, marca, origen y posición aduanera.",
      "articulo": "Anexo III, d",
      "cita": "d. Identificación completa del producto certificado (denominación, modelos, tipo/forma, sistema electroquímico, marca, origen, posición aduanera).",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "documento"
      }
    },
    {
      "texto": "El Certificado de Conformidad debe incluir el protocolo de análisis o ensayo y sus resultados.",
      "articulo": "Anexo III, e",
      "cita": "e. Protocolo de análisis/ensayo y sus resultados.",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "documento"
      }
    },
    {
      "texto": "El Certificado de Conformidad debe referirse a esta resolución y al cumplimiento de la Ley 26.184.",
      "articulo": "Anexo III, f",
      "cita": "f. Referencia a la presente resolución y referencia al cumplimiento de la Ley N° 26.184.",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "documento"
      }
    },
    {
      "texto": "El Certificado de Conformidad debe indicar el laboratorio responsable de los ensayos y el número de informe de ensayos.",
      "articulo": "Anexo III, g",
      "cita": "g. Laboratorio responsable de los ensayos y número de informe de ensayos.",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "documento"
      }
    },
    {
      "texto": "El Certificado de Conformidad debe llevar la firma del responsable del organismo de certificación.",
      "articulo": "Anexo III, h",
      "cita": "h. Firma del responsable por parte del Organismo de Certificación.",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "documento"
      }
    },
    {
      "texto": "El Certificado de Conformidad debe indicar el país de origen.",
      "articulo": "Anexo III, i",
      "cita": "Se emitirá un Certificado de Conformidad, a través de TRAMITES A DSTANCIA - TAD, el que contendrá, en idioma nacional, los siguientes datos: a. Razón Social, domicilio legal e identificación tributaria del fabricante nacional o importador b. Datos completos del Organismo de Certificación. c. Número del Certificado, fecha de emisión y de vencimiento. d. Identificación completa del producto certificado (denominación, modelos, tipo/forma, sistema electroquímico, marca, origen, posición aduanera). e. Protocolo de análisis/ensayo y sus resultados. f. Referencia a la presente resolución y referencia al cumplimiento de la Ley N° 26.184. g. Laboratorio responsable de los ensayos y número de informe de ensayos. h. Firma del responsable por parte del Organismo de Certificación. i. País de Origen.",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "documento"
      }
    },
    {
      "texto": "El anexo del certificado para pilas en productos debe indicar el producto.",
      "articulo": "Anexo III, j",
      "cita": "Para los casos en que las pilas certificadas ingresen al país en un artículo que las contiene en su interior o exterior, la entidad certificadora deberá asimismo emitir un anexo al certificado correspondiente, detallando la siguiente información: j. Producto",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "documento"
      }
    },
    {
      "texto": "El anexo del certificado para pilas en productos debe indicar la marca.",
      "articulo": "Anexo III, k",
      "cita": "Para los casos en que las pilas certificadas ingresen al país en un artículo que las contiene en su interior o exterior, la entidad certificadora deberá asimismo emitir un anexo al certificado correspondiente, detallando la siguiente información: j. Producto k. Marca",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "documento"
      }
    },
    {
      "texto": "El anexo del certificado para pilas en productos debe indicar el modelo.",
      "articulo": "Anexo III, l",
      "cita": "Para los casos en que las pilas certificadas ingresen al país en un artículo que las contiene en su interior o exterior, la entidad certificadora deberá asimismo emitir un anexo al certificado correspondiente, detallando la siguiente información: j. Producto k. Marca l. Modelo",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "documento"
      }
    },
    {
      "texto": "El anexo del certificado para pilas en productos debe indicar el origen.",
      "articulo": "Anexo III, m",
      "cita": "Para los casos en que las pilas certificadas ingresen al país en un artículo que las contiene en su interior o exterior, la entidad certificadora deberá asimismo emitir un anexo al certificado correspondiente, detallando la siguiente información: j. Producto k. Marca l. Modelo m. Origen",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "documento"
      }
    },
    {
      "texto": "El anexo del certificado para pilas en productos debe indicar el fabricante.",
      "articulo": "Anexo III, n",
      "cita": "Para los casos en que las pilas certificadas ingresen al país en un artículo que las contiene en su interior o exterior, la entidad certificadora deberá asimismo emitir un anexo al certificado correspondiente, detallando la siguiente información: j. Producto k. Marca l. Modelo m. Origen n. Fabricante",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "documento"
      }
    },
    {
      "texto": "El anexo del certificado para pilas en productos debe indicar la pila que utiliza.",
      "articulo": "Anexo III, ñ",
      "cita": "Para los casos en que las pilas certificadas ingresen al país en un artículo que las contiene en su interior o exterior, la entidad certificadora deberá asimismo emitir un anexo al certificado correspondiente, detallando la siguiente información: j. Producto k. Marca l. Modelo m. Origen n. Fabricante ñ. Pila que utiliza",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "documento"
      }
    },
    {
      "texto": "El anexo del certificado tiene la misma vigencia que el certificado, y si se amplía el listado de productos la entidad certificadora debe emitir un nuevo anexo único con los productos anteriores y los nuevos, con las páginas numeradas.",
      "articulo": "Anexo III, Pilas en productos, ampliación",
      "cita": "Tal anexo tendrá la misma vigencia que el certificado emitido al que acompaña. Si el interesado quisiera ampliar el listado de productos, la entidad deberá emitir un nuevo Anexo único, que incluya los productos anteriores y los nuevos, debiendo encontrarse numeradas las páginas que lo componen, aclarando en cada página el número correspondiente y la totalidad de páginas que contiene el anexo.",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "documento",
        "evidencia": "Anexo único",
        "cuando": "la misma vigencia que el certificado emitido"
      }
    },
    {
      "texto": "Para pasar un certificado de un importador a otro hay que presentar ante la entidad certificadora una nota de extensión con los datos pedidos, firmada por el representante legal de ambas partes ante escribano público o juez de paz.",
      "articulo": "Anexo III, Certificado extendido",
      "cita": "Presentación ante la entidad certificadora de una Nota de extensión que deberá contener la información listada a continuación: • Datos completos del Certificado Original que se extiende. • Nombre de la persona humana o jurídica, CUIT y domicilio legal y real del importador que recibe la extensión. • Solicitud formal por parte del importador que pretende le sea otorgada la extensión y aceptación explicita de propietario del certificado original. • La siguiente leyenda textual: “Quienes suscriben asumen la responsabilidad y obligaciones derivadas del cumplimiento de la Ley N° 26.184 y normativa vigente complementaria”. La presente Nota de Extensión deberá estar suscripta por representante legal de ambas partes, ante escribano público o juez de paz.",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "documento",
        "evidencia": "Nota de extensión"
      }
    },
    {
      "texto": "El certificado extendido debe incluir los datos completos del certificado original.",
      "articulo": "Anexo III, o",
      "cita": "o. Los datos completos del Certificado Original.",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "documento"
      }
    },
    {
      "texto": "El certificado extendido debe indicar a quién se extiende, con nombre, CUIT y domicilio real y legal.",
      "articulo": "Anexo III, p",
      "cita": "p. Persona humana o jurídica a la que se extiende, indicando, nombre, CUIT y domicilio real y legal.",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "documento"
      }
    },
    {
      "texto": "El certificado extendido debe indicar la fecha de vencimiento.",
      "articulo": "Anexo III, q",
      "cita": "El certificado extendido deberá contener: o. Los datos completos del Certificado Original. p. Persona humana o jurídica a la que se extiende, indicando, nombre, CUIT y domicilio real y legal. q. Fecha de vencimiento.",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "documento"
      }
    },
    {
      "texto": "El certificado extendido debe indicar su número de certificado.",
      "articulo": "Anexo III, r",
      "cita": "El certificado extendido deberá contener: o. Los datos completos del Certificado Original. p. Persona humana o jurídica a la que se extiende, indicando, nombre, CUIT y domicilio real y legal. q. Fecha de vencimiento. r. Número de Certificado extendido.",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "documento"
      }
    },
    {
      "texto": "El importador que es titular del Certificado de Conformidad responde técnica, civil y penalmente por los productos importados y por los documentos de la certificación, y no puede transferir esa responsabilidad.",
      "articulo": "Anexo III, Titular del Certificado",
      "cita": "El titular del Certificado de Conformidad, que debe ser el importador, tiene la responsabilidad técnica, civil y penal referente a los productos importados, así como de todos los documentos referentes a la certificación, no pudiendo transferir esta responsabilidad.",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "condicion"
      }
    },
    {
      "texto": "Las entidades certificadoras deben entregar al importador una orden de trabajo para presentarla ante Aduanas al importar las muestras.",
      "articulo": "Anexo III, Titular del Certificado",
      "cita": "A los fines de la importación de las muestras para proceder a la certificación, las Entidades Certificadoras deberán entregar orden de trabajo al importador para su presentación ante la DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS, en la que constarán las características especiales de muestreo.",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "documento",
        "evidencia": "orden de trabajo"
      }
    },
    {
      "texto": "Los laboratorios de ensayo deben tener personería jurídica en el país.",
      "articulo": "Anexo IV, a",
      "cita": "a) Contar con personería jurídica en el país;",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "condicion"
      }
    },
    {
      "texto": "Los laboratorios de ensayo deben asumir la responsabilidad civil, comercial, administrativa y penal por sus ensayos.",
      "articulo": "Anexo IV, b",
      "cita": "b) Asumir la responsabilidad civil, comercial, administrativa y penal emergente de las funciones de ensayo;",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "condicion"
      }
    },
    {
      "texto": "Los laboratorios de ensayo deben tener un seguro de responsabilidad civil con cobertura no menor a 150 salarios mínimos, vitales y móviles, actualizado cada año.",
      "articulo": "Anexo IV, c",
      "cita": "c) Contar con un seguro de responsabilidad civil con una cobertura de los riesgos de la actividad no menor a CIENTO CINCUENTA (150) Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM), ajustándose dichos montos conforme al último Salario Mínimo, Vital y Móvil publicado en el mes de diciembre de cada año. La suma asegurada que resulte de la actualización anual entrará en vigor a partir del día 1 de marzo del año siguiente. El valor del Salario Mínimo, Vital y Móvil será establecido por el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, o el índice que en lo sucesivo pudiera reemplazarlo;",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "documento",
        "evidencia": "seguro de responsabilidad civil"
      }
    },
    {
      "texto": "Los laboratorios de ensayo deben cumplir los lineamientos de la norma ISO/IEC 17025 o equivalentes, ya sea integrando la red de laboratorios del INTI o con acreditación vigente del OAA.",
      "articulo": "Anexo IV, d",
      "cita": "d) Cumplir con los lineamientos establecidos en la Norma ISO/IEC 17025 o equivalentes, en los aspectos atinentes a la aptitud del equipamiento de que dispone, idoneidad del personal técnico y su capacitación, trazabilidad de sus mediciones, control de sus condiciones ambientales y registro de la información correspondiente a los ensayos en el ámbito regulado mediante al menos uno de los siguientes mecanismos: - Formar parte del Servicio Argentino de Calibración y Medición y de la Red de Laboratorios de Mediciones de Pilas y Baterías del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI) en concordancia con la Resolución INTI N° 2/2007; - Poseer acreditación vigente por el Organismo Argentino de Acreditación para la Determinación de mercurio, cadmio y plomo en pilas y para la determinación de la duración mínima de pilas y baterías. También será deseable la acreditación de buenas prácticas de laboratorio (BPL).",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "condicion"
      }
    },
    {
      "texto": "Quien quiera importar pilas o baterías alcanzadas tiene que tramitar la autorización ante el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.",
      "articulo": "Anexo V, párrafo 1",
      "cita": "En el marco de lo dispuesto en el Artículo 12 de la Resolución N° 443 de fecha 10 de diciembre de 2020 del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, las personas humanas o jurídicas que pretendan importar pilas o baterías alcanzadas por dicha Resolución deberán tramitar la autorización correspondiente ante el MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE.",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "habilitacion"
      }
    },
    {
      "texto": "Quien pida la autorización de importación debe iniciar el trámite por TAD y adjuntar la designación de representantes, la solicitud firmada con los datos del importador y de la mercadería, el certificado con su protocolo de análisis, la declaración jurada sobre las copias del certificado y, si se hizo, los resultados de la vigilancia.",
      "articulo": "Anexo V, párrafo 4",
      "cita": "Para ello deberán iniciar actuaciones ante la SECRETARÍA DE CONTROL Y MONITOREO AMBIENTAL de dicho Ministerio, a través de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SUSTANCIAS Y PRODUCTOS QUÍMICOS, o la que en un futuro las reemplace, mediante la plataforma de “Tramite a Distancia” (TAD) del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) creado mediante el Decreto N° 1.306 del 27 de diciembre de 2016 y adjuntar la documentación correspondiente: -Designación de representante legal y representante técnico, los que deberán suscribir toda la documentación que se presente en el expediente. Para el caso del representante técnico, se deberá adjuntar su título profesional habilitante. -Solicitud de autorización de importación suscripta por el representante legal y el representante técnico, en la que conste: - Nombre o razón social del importador. - Domicilio legal. - Detalle de la Mercadería que se pretende importar: a) tipo (forma) de pila, b) sistema electroquímico, c) marca d) origen e) posición aduanera. En caso de que sea un producto que la contiene incluir además denominación, marca, modelo, origen y fabricante de ese producto. En este último caso no se deberá declarar posición arancelaria. - Certificación emitida por el Ente Certificador y el correspondiente protocolo de análisis. En los casos que se importen productos con pilas, se deberá presentar el correspondiente Anexo. - Declaración jurada del compromiso de poner a disposición de los distribuidores, mayoristas y minoristas copia simple del certificado para ser exhibido a requerimiento de los consumidores y usuarios. - En caso de haberse realizado la actividad de vigilancia, se deberá presentar resultados de la misma",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "documento"
      }
    },
    {
      "texto": "Quien obtuvo la autorización de importación debe presentarla ante Aduanas cuando oficializa la mercadería a importar.",
      "articulo": "Anexo V, último párrafo",
      "cita": "Una vez obtenida la autorización, la misma deberá ser presentada ante la DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS dependiente de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP) al momento de la oficialización de las mercaderías a importar.",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "documento",
        "evidencia": "autorización",
        "cuando": "al momento de la oficialización de las mercaderías a importar"
      }
    },
    {
      "texto": "Quien pida una exención al régimen de importación de pilas o baterías debe iniciar el trámite por TAD y adjuntar la designación de representantes, la solicitud firmada con los datos del importador, la mercadería y las cantidades, y una declaración jurada con las razones de la exención.",
      "articulo": "Anexo VI",
      "cita": "Para ello deberán iniciar actuaciones ante la SECRETARIA DE CONTROL Y MONITOREO AMBIENTAL, a través de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SUSTANCIAS Y PRODUCTOS QUÍMICOS, o la que en un futuro las reemplace, mediante la plataforma de “Tramite a Distancia” (TAD) del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) y adjuntar la información que se lista a continuación: • Designación de representante legal y representante técnico, los que deberán suscribir toda la documentación que se presente en el expediente. Para el caso del representante técnico, se deberá adjuntar su correspondiente título profesional habilitante. • Solicitud de exención suscripta por el representante legal y el representante técnico, en la que conste: - Nombre o razón social del importador. - Domicilio legal. - Detalle de la Mercadería que se pretende importar. a) tipo (forma) de pila, b) sistema electroquímico, c) marca d) origen e) posición aduanera. En caso de que sea un producto que la contiene incluir además denominación, marca, modelo, origen y fabricante de ese producto. - Cantidades (unidades de pilas. Cuando corresponda a productos: cantidad de productos y de pilas por productos) • Declaración jurada sobre las razones fundadas para el otorgamiento de una exención específica e información correspondiente a la función que cumplirán las pilas y baterías exceptuadas o los artículos que las contengan. En caso de corresponder, razones por las cuales no se pudo realizar el protocolo de muestreo.",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "documento"
      }
    }
  ],
  "relacionadas": [
    {
      "id": "nacion/ley-26184",
      "nombre": null,
      "relacion": "complementa"
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      "id": "nacion/resolucion-sayds-14-2007",
      "nombre": null,
      "relacion": "deroga"
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      "relacion": "deroga"
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      "relacion": "deroga"
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    {
      "id": "nacion/resolucion-mayds-31-2023",
      "nombre": "Resolución MAyDS 31/2023",
      "relacion": "modificada_por"
    }
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  "texto_oficial": "https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/345000-349999/345004/texact.htm",
  "calendario": null,
  "fuente": "infoleg",
  "publicada_el": "2026-10-07",
  "modificada_el": "2026-10-07",
  "ultimo_cambio": "alta",
  "revisada_el": "2026-10-07"
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