# Resolución SAyDS 607/2012

Cámara de toma de muestras y medición de caudales en establecimientos industriales y especiales.

- Estado: Vigente, sin derogación registrada, al 7 de octubre de 2026
- Jurisdicción: Nación
- Organismo: Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable
- Materia: ambiente
- Actividad: Industria manufacturera
- Condiciones que activan la norma:
  - Vuelca efluentes líquidos. ¿Se vuelcan efluentes líquidos a un cuerpo de agua o a la cloaca?
- Categorías: Efluentes líquidos, Protección del ambiente
- También se cita como: Res. SAyDS 607/2012, Resolución SAyDS 607/12
- Palabras clave: cámara de toma de muestras, medición de caudales, CTMyMC, establecimientos industriales, establecimientos especiales, contaminación hídrica, fiscalización, plazo de adecuación
- Texto oficial: https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/195000-199999/195663/texact.htm
- Revisada: 2026-10-07
- Dirección: https://matrizlegal.org/nacion/resolucion-sayds-607-2012

La Resolución SAyDS 607/2012 obliga a los establecimientos industriales y especiales comprendidos en el Decreto 674/89 a construir una cámara de toma de muestras y medición de caudales para la fiscalización de la autoridad. Quien tenga una instalación anterior debe adecuarla. Deja sin efecto la Resolución SAyDS 520/2010. Está vigente al 7 de octubre de 2026.

## ¿A quién alcanza la Resolución SAyDS 607/12?

A los titulares de establecimientos industriales y especiales comprendidos en el artículo 2º del Decreto 674/89.

## ¿Sigue vigente la Resolución SAyDS 607/12?

Sí. Al 7 de octubre de 2026 no registra una norma que la derogue.

## ¿A qué obliga la Resolución SAyDS 607/12?

1. Los establecimientos industriales y especiales comprendidos en el artículo 2º del Decreto 674/89 deben construir una cámara de toma de muestras y medición de caudales, o adecuar la que ya tengan, según las especificaciones del anexo.


   > Establécese que los establecimientos industriales y/o especiales comprendidos en el artículo 2º del Decreto Nº 674/89 y su modificatorio, deberán construir dentro del plazo de sesenta (60) días hábiles, una Cámara de Toma de Muestras y Medición de Caudales (CTMyMC), destinada al ejercicio de las funciones de fiscalización de la autoridad de aplicación, de acuerdo con las especificaciones enunciadas en los documentos que corren adjuntos como anexo y forman parte integrante del presente acto o, en caso de contar con instalaciones preexistentes, deberán adecuarlas de acuerdo con tales especificaciones, dentro de un plazo de treinta (30) días hábiles.
   >
   > Artículo 1

---

Esta base se mantiene de forma automática. Ante cualquier diferencia, vale el texto oficial. Para reportar un error, escriba a soporte@auditans.com.

Fuentes: InfoLeg y SAIJ, Ministerio de Justicia de la Nación, bajo licencia Creative Commons Atribución 4.0.
