# Resolución SRT 299/2011

Certificación de los elementos de protección personal y constancia de su entrega a los trabajadores.

- Estado: Vigente, sin derogación registrada, al 7 de octubre de 2026
- Jurisdicción: Nación
- Organismo: Superintendencia de Riesgos del Trabajo
- Materia: seguridad
- Actividad: Toda actividad
- Condiciones que activan la norma: ninguna
- Categorías: Elementos de protección personal, Obligaciones del empleador
- También se cita como: Resolución SRT 299/11, Res. SRT 299/2011
- Palabras clave: ropa de trabajo, constancia de entrega, certificación de producto, marca de conformidad, certificación por lote, epp
- Texto oficial: https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/180000-184999/180669/norma.htm
- Revisada: 2026-10-07
- Dirección: https://matrizlegal.org/nacion/resolucion-srt-299-2011

La Resolución SRT 299/2011 exige que los elementos de protección personal que el empleador da a sus trabajadores tengan la certificación de producto, cuando exista. Crea el formulario Constancia de Entrega de Ropa de Trabajo y Elementos de Protección Personal, de uso obligatorio para los empleadores, con un formulario por trabajador. Está vigente al 7 de octubre de 2026.

## ¿A quién alcanza la Resolución SRT 299/11?

A los empleadores que entregan ropa de trabajo y elementos de protección personal a sus trabajadores.

## ¿Sigue vigente la Resolución SRT 299/11?

Sí. Al 7 de octubre de 2026 no registra una norma que la derogue.

## ¿A qué obliga la Resolución SRT 299/11?

1. El empleador tiene que entregar elementos de protección personal que cuenten con la certificación de producto, cuando exista, emitida por un organismo reconocido.


   > Determínase que los elementos de protección personal suministrados por los empleadores a los trabajadores deberán contar, en los casos que la posea, con la certificación emitida por aquellos Organismos que hayan sido reconocidos para la emisión de certificaciones de producto, por marca de conformidad o lote, según la resolución de la entonces SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA (S.I.C. y M.) N° 896 de fecha 6 de diciembre de 1999.
   >
   > Artículo 1

2. El empleador tiene que usar el formulario de constancia de entrega y completar uno por cada trabajador, anotando las entregas de ropa de trabajo y elementos de protección personal.

   - Qué tener: Un documento
   - Quién: Los empleadores

   > El Formulario creado por el artículo precedente será de utilización obligatoria por parte de los empleadores. Deberá completarse un formulario por cada trabajador, en el que se registrarán las respectivas entregas de ropa de trabajo y elementos de protección personal.
   >
   > Artículo 3

3. El empleador tiene que hacer que el trabajador firme la constancia de entrega cuando le da los productos.

   - Qué tener: Un documento

   > 17) Firma del trabajador al cual se le entrega el/los producto/s.
   >
   > Anexo, artículo 17

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Fuentes: InfoLeg y SAIJ, Ministerio de Justicia de la Nación, bajo licencia Creative Commons Atribución 4.0.
