Ley 3.316.

Prohibición de quemar y depositar neumáticos en desuso en lugares no autorizados de Santa Cruz.

Protección del ambiente Residuos industriales y no especiales

¿A quién alcanza la Ley 3.316?

A cualquier persona, empresa o titular de una actividad que queme o deposite neumáticos en desuso en lugares no autorizados de la provincia de Santa Cruz.

¿A qué obliga la Ley 3.316?

Lo que hay que cumplir.

  • Está prohibido quemar neumáticos deteriorados o en desuso, o dejarlos en depósito, en lugares no autorizados de la provincia de Santa Cruz.

    Artículo 1

La Ley 3316 de Santa Cruz prohíbe en toda la provincia quemar y depositar neumáticos deteriorados y en desuso en lugares no autorizados. Modifica el artículo 62 del Código de Faltas para sancionar con multa o arresto a quien queme neumáticos a cielo abierto, y con multa mayor a la empresa o al titular de la actividad en cuyo nombre o beneficio se haga. Está vigente al 6 de octubre de 2026.

Palabras clave neumáticos · neumáticos en desuso · quema a cielo abierto · depósito de neumáticos · reciclado · productores de neumáticos · disposición final · código de faltas

¿Sigue vigente la Ley 3.316?

Sí. Al 6 de octubre de 2026 no registra una norma que la derogue.

¿Cómo se controla que un contratista cumpla?

Auditans le pide a cada contratista los documentos que su empresa define, y la portería ve quién está habilitado para entrar. Conocer Auditans