Ley 3.568.

Prohibición de quemar neumáticos y de dejarlos en lugares no autorizados en Santa Cruz.

Protección del ambiente Residuos industriales y no especiales Emisiones gaseosas

¿A quién alcanza la Ley 3.568?

A toda persona o empresa que queme neumáticos o los deje definitivamente en lugares no autorizados dentro de la Provincia de Santa Cruz.

¿A qué obliga la Ley 3.568?

Lo que hay que cumplir.

  • Está prohibido quemar neumáticos y dejarlos como disposición final en lugares no autorizados en toda la Provincia de Santa Cruz.

    Artículo 1

La Ley 3.568 de Santa Cruz prohíbe en toda la provincia quemar neumáticos y dejarlos como disposición final en lugares no autorizados. Encarga al Poder Ejecutivo programas de gestión de neumáticos en desuso y fija a la Secretaría de Estado de Medio Ambiente como autoridad de aplicación. Modifica el artículo 62 del Código de Faltas provincial y deroga la Ley 3316. Está vigente al 6 de octubre de 2026.

Palabras clave neumáticos · quema de neumáticos · neumáticos en desuso · disposición final · quema a cielo abierto · reciclado · distribuidores de neumáticos · código de faltas

¿Sigue vigente la Ley 3.568?

Sí. Al 6 de octubre de 2026 no registra una norma que la derogue.

¿Cómo se controla que un contratista cumpla?

Auditans le pide a cada contratista los documentos que su empresa define, y la portería ve quién está habilitado para entrar. Conocer Auditans