Ley 13.959.

Envío y transporte de residuos peligrosos de Santa Fe a otra jurisdicción.

Residuos peligrosos Transporte de cargas peligrosas Protección del ambiente

¿A quién alcanza la Ley 13.959?

A los generadores de residuos peligrosos de Santa Fe, y a los transportistas y operadores de otra jurisdicción que reciben o llevan esos residuos.

¿A qué obliga la Ley 13.959?

2 para tener 1 para hacer 5 para cumplir

Lo que hay que tener.

  • Habilitación

    Está prohibido sacar residuos peligrosos de la Provincia sin la resolución que lo aprueba.

    Le aplica si su empresa genera residuos peligrosos.

    Artículo 9

  • Habilitación

    El transportista de otra jurisdicción que lleva residuos peligrosos generados en Santa Fe tiene que estar inscripto en el Registro de Transportistas de Residuos Peligrosos Provincial y cumplir los mismos controles, seguimiento y trazabilidad que los transportistas de la Provincia.

    Artículo 12

Lo que hay que hacer.

  • Aviso a la autoridad

    El generador que quiere enviar residuos peligrosos a tratar fuera de la Provincia tiene que presentar ante el Ministerio de Medio Ambiente, antes de cualquier operación, el detalle de cada corriente de residuo, las cantidades y el motivo.

    Le aplica si su empresa genera residuos peligrosos.

    Cuándo
    Previo a toda operación

    Artículo 5

Lo que hay que cumplir.

  • El generador solo puede enviar residuos peligrosos a un operador de otra jurisdicción que cumpla los convenios interprovinciales, esté inscripto en el Registro de Generadores y Operadores de Residuos Peligrosos provincial y acepte ser auditado por la autoridad.

    Le aplica si su empresa genera residuos peligrosos.

    Artículo 11

  • Para pedir la inscripción en el Registro de Transportistas de Residuos Peligrosos Provincial, los transportistas tienen que aceptar ser auditados por la autoridad.

    Artículo 13

  • Los vehículos que transportan residuos peligrosos tienen que llevar un sistema de seguimiento satelital durante todo el recorrido.

    Artículo 14

  • Quien infrinja la ley tiene que recomponer el daño ambiental que produjo, como lo disponga la reglamentación.

    Artículo 24

  • Los transportistas u operadores de otra jurisdicción que fueron sancionados y no responden al pedido de la autoridad no pueden operar con residuos generados en Santa Fe.

    Artículo 25

La Ley 13.959 de Santa Fe regula la gestión de los residuos peligrosos generados en la provincia que se transportan para su tratamiento. Exige autorización del Ministerio de Medio Ambiente para enviarlos fuera de la Provincia, y fija reglas para los operadores y transportistas de otra jurisdicción. Crea además una tasa ambiental a cargo del generador y un régimen de sanciones. Está vigente al 6 de octubre de 2026.

Palabras clave generador · transportista · extraña jurisdicción · tasa ambiental · seguimiento satelital · auditorías · corriente de residuo · operador · recomposición del daño · gasoil

¿Sigue vigente la Ley 13.959?

Sí. Al 6 de octubre de 2026 no registra una norma que la derogue.

¿Cómo se controla que un contratista cumpla?

Auditans le pide a cada contratista los documentos que su empresa define, y la portería ve quién está habilitado para entrar. Conocer Auditans